La Audiencia Provincial condena a la Comunidad a abrir un expediente sancionador para dilucidar si en la película de Pablo Berger se lidiaron toros ilegalmente
Fernando J. Pérez Madrid
La Comunidad de Madrid deberá investigar si durante el rodaje de Blancanieves, premio Goya a la Mejor Película de 2013, y en la que había escenas de lidia con muerte del toro, se vulneraron distintas leyes de protección y cuidado de los animales. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ha dado la razón a la Plataforma Estrategia Animalista y ha condenado a la Dirección General de Medio Ambiente a abrir un expediente sancionador para dilucidar si en la filmación de la obra de Pablo Berger se lidiaron toros de forma ilegal. El tribunal, que no entra a juzgar el fondo de la cuestión, revoca la sentencia de un juzgado de Madrid, que el pasado marzo avaló la decisión del Gobierno regional de archivar la denuncia de la asociación contra la productora de Blancanieves.
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La Dirección General de Medio Ambiente sostenía que las leyes de protección animal no son aplicables a la celebración de festejos taurinos autorizados. Sin embargo, los animalistas entienden que una lidia a puerta cerrada no es un espectáculo público, por lo queda fuera del amparo de las leyes taurinas y están sometidas a las leyes de protección animal. El artículo 23.4 de la Ley 1/1990 considera infracciones muy graves “la utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o mal trato, puedan ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de tratamientos antinaturales; los malos tratos y agresiones físicas a los animales”; y “la filmación de escenas con animales para cine o televisión, que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando éstos no sean simulados”.
Los
animalistas entienden que una lidia a puerta cerrada no es un espectáculo
público y está sometidas a las leyes de protección animal
El TSJM considera que la legislación en materia taurina no sirve para justificar el archivo de la denuncia de la Plataforma Estrategia Animalista, y que en el caso de la lidia de Blancanieves, “la respuesta jurídica” ha de darse “sobre las bases” de las leyes de protección de la fauna que invocan los denunciantes.
El hecho de que durante la lidia a puerta cerrada se cumplieran con las disposiciones de la legislación taurina –presencia de veterinario, observancia del reglamento taurino, y demás- no es un argumento válido para el archivo de la denuncia que hizo la Comunidad de Madrid, según el tribunal.
“Lo único que cabe acordar ahora es que la Comunidad de Madrid dé inicio al expediente sancionador y que tenga a la apelante por parte interesada en el mismo”, dicta el TSJM.
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