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domingo, 17 de julio de 2016

Artículos que avalan la inconstitucionalidad de la prohibición de los toros en Cataluña

Seis años después, el TC tiene previsto pronunciarse el próximo mes de septiembre
Artículos que avalan la inconstitucionalidad de la prohibición de los toros en Cataluña
ABC.ESCharoABCTorosMadrid

Seis años después de la entrada en el Tribunal Constitucional (TC) delrecurso contra la prohibición de los toros en Cataluña, el Pleno del órgano de garantías tiene previsto pronunciarse sobre su posible inconstitucionalidad en septiembre. El recurso que en 2010 presentó el PP hacía referencia a más de diez artículos de la Carta Magna.
Estos son los esenciales:
9.2 Participación en la vida cultural: «Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social».
20.1b Libertad creativa: «Se reconocen y protegen los derechos a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica».
27.1/2 Educación: «Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». [En la mente de muchos, la FP de Tauromaquia]
38. Libertad de empresa: «Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía genera y, en su caso, de la planificación. De manera especial realizarán una política orientada al plano empleo».
40.1 Progreso social: «Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica».
44.1 Acceso a la cultura: «Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho».
46. Patrimonio histórico: «Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
128.1 Interés general de la riqueza: «Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general»
139.2. Circulación de bienes: «Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español».
149.1. Igualdad y defensa del patrimonio: «El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 1ª) la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; 13ª) bases y coordinación de la planificación de la actividad económica; 28ª) defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación, museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las comunidades autónomas».

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