En la Corte hay dos ponencias contradictorias frente a demandas contra ley del maltrato animal.
La Corte estudia dos demandas que buscan prohibir las corridas de toros en el país y actividades que impliquen maltrato animal.
Este miércoles la Corte Constitucional estudiará dos demandas contra la ley de maltrato animal con las que se podrían tomar una nueva decisión frente a las corridas de toros.
Fuentes de la Corte aseguran que al menos cinco magistrados –Aquiles
Arrieta, María Victoria Calle, Luis Ernesto Vargas, Jorge Iván Palacio y
Gabriel Eduardo Mendoza–, los mismos que terminan su periodo este año,
estarían de acuerdo con eliminar las corridas en el país.
En un fallo de ese año del magistrado Humberto Sierra Porto, el alto tribunal dijo que el rejoneo, coleo, las corridas de toros, las novilladas, corralejas, becerradas y las riñas de gallos eran la excepción frente al deber de proteger a los animales, por entenderse como manifestaciones culturales, que son practicadas desde hace “largo tiempo y están arraigadas dentro de las costumbres sociales”.
En ese momento la Corte también dijo que esas expresiones están reguladas por decretos, leyes o por los mismos fallos de altas cortes, e indicó que suprimirlas o limitarlas le correspondía al Congreso.
Pero esta vez la Corte podría cambiar su precedente, pues varios magistrados que en esa ocasión salvaron su voto como María Victoria Calle, Jorge Iván Palacio o Gabriel Eduardo Mendoza, hoy no son minoría sino que, por el contrario, están acompañados de la mayoría liberal de la Corte. De hecho, en fallos pasados la Corte ya ha prohibido el uso de animales en circos. Por su parte, el Consejo de Estado le permitió al científico Manuel Elkin Patarroyo usar primates en sus investigaciones científicas contra la malaria, "siempre y cuando se cumplan todas las condiciones impuestas por las autoridades ambientales competentes".
La ponencia del magistrado Alberto Rojas, que podría ser acogida por la mayoría de sus colegas, dice que la tauromaquia ha perdido fuerza como actividad cultural. Incluso, su propuesta tendría en cuenta uno de los requisitos que puso el fallo del 2010, en donde indicó que las corridas se podían mantener en los municipios donde tradicionalmente se han realizado y debía ser una actividad con “arraigo cultural con la población mayoritaria del municipio en que se desarrolla”.
Fuentes dicen que, según la ponencia de Rojas, las corridas deberían desmontarse de forma gradual, teniendo en cuenta que en municipios en los que hoy se practica –por ejemplo Bogotá- no hay una mayoría que las tome como expresión cultural. El magistrado también propondría que el espectáculo taurino se siga por ahora realizando pero sin causarle daño al toro.
La ley de maltrato animal, 1774 del 2016, que fue demandada el año pasado fue la que penalizó conductas de maltrato contra los animales, pero excluyó las mismas actividades que la Corte había declarado como excepción en el 2010, como la tauromaquia.
La demanda que estudia Rojas, interpuesta por Roy de Jesús Peñarredonda y Yeison Ronaldo Plata, dice que esta ley prohibió los actos de maltrato contra los animales que sean “injustificados”, por lo que dejó abierta la puerta para que otras actividades que implican el sufrimiento animal sí tuvieran justificación. Esto, a pesar de que la Declaración Universal de los Derechos de los Animales dice que “ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles”.
Por su parte, la demanda que estudia Linares dice que la ley de maltrato animal facilita y permite que “continúe la conducta agresora de varias personas que maltratan, abusan, desconocen por completo la calidad de seres sintientes de los toros, novillos, becerros y gallos”, lo que a su juicio es “totalmente contrario a la protección cultural”.
Entre la mayoría de magistrados también tendría fuerza la tesis que indica que con esas prácticas se afectan los derechos al ambiente y a la protección animal, por mantener un sufrimiento y dolor innecesario para los animales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario