martes, 22 de octubre de 2013

NINGÚN COLOMBIANO ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY EN UN ESTADO DE DERECHO


Héctor Esnéver Garzón Mora
Ubaté – Colombia. La Constitución Política es nuestra máxima ley, como ella misma lo dice es la norma de normas, en otras palabras, es un conjunto de reglas que establece la forma en que debemos comportarnos todos los que vivimos en Colombia para que exista bienestar y podamos vivir en paz. La Carta Magna establece los derechos y garantías que tenemos los colombianos para poder construir un país mejor, como ejemplos de esos derechos están el derecho a la vida, la salud, la educación, la cultura, entre otros.

Ahora bien, tenemos que decir que de la misma forma como la Constitución brinda estos derechos, también establece ciertos deberes y obligaciones que debemos cumplir, algunas de esas obligaciones son por ejemplo, respeto a los derechos ajenos, proteger los recursos naturales y culturales, colaborar con la justicia y por supuesto ayudar con el mantenimiento de la paz. La Constitución Política además de los derechos y deberes establece la organización del Estado, cuántas y cuáles son las ramas del poder público y qué tareas hace cada una de ellas para poder cumplir con sus fines.

Teniendo claridad en la estructura de organización de nuestro país, viene a colación la aptitud y actitud de quienes ejercen la función pública (sobre todo los electos por voto popular) que deben dar firme cumplimiento a la normativa vigente, la igualdad y a la imparcialidad; en el caso de Alcaldes y súbditos, deben tener absoluta claridad de la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único) sobretodo en el artículo 22.

Un mandato constitucional es el de proteger y fomentar el patrimonio Cultural, del cual, como lo reconoce la Ley  y la Jurisprudencia reiterada de la Corte, hacen parte las Corridas de Toros. La Corte Constitucional se ha manifestado a través de diferentes sentencias (C-1192 de 2005, C-246/2006 y C-115/2006) sobre la legalidad del ejercicio taurino y en su última resolución constitucional C889/2012, expresó en resumidas que mientras exista en Colombia una ley que autorice y reglamente las actividades taurinas, las autoridades municipales están en el deber de compilarla y facilitar la realización de ese tipo de espectáculos; la sentencia también desarrolla el concepto de “expresión cultural y artística” de la tauromaquia concluyendo que en regiones donde hay una tradición no pueden ser restringida.

Este concepto lo reiteró este domingo 20 de octubre el gerente de la Corporación Taurina de Bogotá, Felipe Negret, en el programa taurino de una de las cadenas mas reconocidas del país, citó literalmente “ningún colombiano está por encima de la Ley en un Estado de derecho y no puede imponer impunemente por si y ante si sus gustos personales pues no es un ciudadano más sino el alcalde de una ciudad  que cuando juró el cargo aceptó cumplir los mandatos que le impone  la Constitución de la República”.

El Doctor Felipe Negret Mosquera expresó que el Administrado de Bogotá puede no gustarle la celebración de las corridas en la Capital de la Republica pero el tema real es que como Funcionario Público debe sustentarse en la Ley y la Constitución y sus pronunciamientos para la toma de decisiones.

En su diálogo sostuvo que está a la espera de un fallo de tutela que de salir favorable no para la Corporación sino para la afición taurina, el alcalde está en la obligación de convocar de inmediato una licitación y reabrir la Plaza de Toros Santamaría sin dilación. Expresó "No sé como es natural, el sentido del fallo de la Corte pero confiamos en que estará en la línea de nuestro máximo órgano de vigilancia de la Carta fundamental que ha sido de declarar a la fiesta taurina como una expresión cultural más allá de que haya sectores de la sociedad que la reprueben. La tutela es obligación para las partes y a tenor de ese fallo  tengo la esperanza de que la Plaza Santamaría se reabra el próximo año. Esta no es una causa para que nos devuelvan la administración de la  plaza a lo que tendríamos derecho. Va más allá y es defender el respeto a la libertad. Nadie está obligando a otro a que concurra a la fiesta”.

En cuentas claras los aficionados taurinos estamos viviendo un atropello por las decisiones “dictatoriales” del Administrador distrital, quien con su actitud arrogante impone sus conceptos, desconociendo el sagrado juramento hecho el 1° de enero de 2012 al tomar posesión del cargo. Ojalá, no solo por los taurinos, sino por los habitantes de Bogotá se ponga fín a estos abusos y arbitrariedades de un ciudadano que gusta del populismo y no cumple a cabalidad con la Función que le encomendaron sus electores.

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