domingo, 10 de junio de 2018

El reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional, establece que las Corridas de Toros en Colombia son válidas y legales.


CORTE RATIFICA LEGALIDAD DE LA TAUROMAQUIA

   

Esnéverón Mora


Ubaté – Colombia. En el día de ayer se conoció que la Honorable Corte Constitucional, organismo perteneciente a la rama judicial del Poder Público, encargada de velar por la integridad y supremacía de la Carta Política, ha emitido la novena sentencia en favor de la tauromaquia de nuestro país. Sin ir demasiado lejos, ratificó que las Corridas de Toros son legales, se ajustan al derecho y no hay opciones para prohibirlas.

Son muchos los caminos Constitucionales los que ha recorrido la liturgia del toro bravo en nuestro país; con los fenómenos de globalización, sumados a ese deseo terco de ocultar nuestras raíces con la discutida cultura anglosajona, todo lo autóctono se viene poniendo en entre dicho: la música, la danza, los trajes típicos, las ceremonias religiosas, las comparsas, las exposiciones de animales, en fin, prácticamente quieren algunos, anular la diversidad por cualquier camino, herramientas potentadas muchas, por ejemplo: la radio, la televisión, la internet, el cine entre otras. Por fortuna la sabiduría de algunos Magistrados, han frenado esa tendencia de homogenización y han valorado todo aquello que desde su aplicación viene generando Patria (tierra natal o adoptiva a la que un individuo se siente ligado por vínculos de diversa índole: afectivos, culturales e históricos), en el caso puntual ha expresado que “la actividad taurina es legal en Colombia, está reconocida y reglamentada a través de la ley 916 de 2004, y en su artículo 1° expresa que “Los espectáculos taurinos son considerados como una expresión artística del ser humano”. En contra de esta norma se han presentado múltiples demandas de inexequibilidad, las cuales siempre han sido falladas por la Corte Constitucional declarando su exequibilidad (se refiere a lo que se puede hacer, conseguir o llevar a afecto) y aclarando de paso que la Tauromaquia constituye una manifestación cultural que forma parte del patrimonio cultural de la Nación.(Sentencias C-1192 de 2005, C-246/2006 y C-115/2006), sin embargo, como se dice en el argot popular, los detractores “le siguen buscando la comba al palo”

Lo expresado ayer por la Corte Constitucional da un respiro, aleja de manera considerable el fantasma prohibicionista, sin embargo, como lo vienen haciendo los entes taurinos nacionales, se siguen buscando los caminos para blindar este acto ceremonial y que no sea más objeto de “agresión”, entiéndase como esa conducta hostil o destructiva cuya finalidad es provocar un daño a otro, en nuestro caso, al ceremonial litúrgico de Toro de lidia.

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