jueves, 2 de mayo de 2024

Carta Pública de Miradas Múltiples ante elecciones de la ULA



PRESENTACION

El Grupo Universitario MIRADAS MULTIPLES (MM) se conformó hace quince años, en Mérida, por profesores de distintas tendencias políticas, como un espacio para la discusión de problemas del mundo, del país y la propia institución, dada la ausencia de opinión universitaria sobre estos temas.
Aun cuando  no es un grupo electoral, nos referimos a MM, el proceso de deslegitimación,   tentativa ilegalidad y escasa trasparencia que empezaron  en el gobierno de la ULA, tal como la conversión de la provisionalidad legal   de tres meses para  los Decanos Encargados y del propio Secretario de la Universidad, algunos de quienes  han tenido suplentes de suplentes; normas que son transitorias convertidas en permanentes, una conocida desvinculación y rivalidad de las autoridades universitarias, todo justificado por  la paralización de las elecciones universitaria por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, justificación imposible de aceptar hasta 2020, cuando la situación electoral cambió.

ANTECEDENTE

En el artículo 109 de la CRBV, se declaró a la autonomía universitaria como un principio y jerarquía, e integró su comunidad por profesores, estudiantes y egresados. A pesar de esto, en 2009 se aprobó una Ley Orgánica de Educación, en cuyo numeral 3 del artículo 30, determinó que para elegir a las autoridades universitarias participarían también los empleados y obreros.

En 2010, la Asamblea Nacional aprobó una Ley de Educación Universitaria - LEU, en cuya Disposición Primera, suspendía los procesos electorales que debieron convocarse desde 2008, y que se harían ahora de acuerdo a un tentativo Reglamento Electoral que elaboraría una Asamblea General de Transformación Universitaria que garantizaría el voto de toda la comunidad universitaria.

Esta LEU no la promulgó el Presidente de la República, y la regresó a la Asamblea Nacional “porque requería una discusión nacional, por haber sido aprobada de manera a precipitada y por no ser factible por razones de carácter teórico y práctico, técnico y político”.

Las elecciones rectorales fueron convocadas desde 2008 con los Reglamentos Electorales Universitarios aprobados en 2003, cuya nulidad fue solicitada por grupos de empleados y obreros ante la Sala Electoral del TSJ por su no inclusión como votantes, Sala que ordenó a las Universidades la adecuación de los Reglamentos Electorales, lo que no se hizo.  A la vez, la Rectora de la UCV, con la adhesión de los demás   Rectores afiliados a AVERU, solicitaron la nulidad del numeral 3 artículo 30 de la LOE.  Dada la cantidad de expedientes relacionados con las elecciones universitarias, la Sala Constitucional decidió acumular los expedientes, obviamente con la intención de interpretar supremamente las normas constitucionales que jerárquicamente no tienen apelación, acaso interpretación.

La Sala Constitucional del TSJ,  diez  años después de haber ordenado la  paralización de  las elecciones universitaria tomó, a nuestro juicio basada en criterios de la LEU  no promulgada en 2010 por el Presidente,  unas decisiones contempladas en la Disposición Primera de la frustrada  LEU, como fue la suspensión de  las elecciones pendientes y convocar, a falta de un Reglamento Electoral  Nacional, con las disposiciones emitidas por esta Sala Constitucional, tales  como la universalización de los votantes,  la  sectorización de  los miembros de la Universidad y la ganancia de las elecciones `por mayoría simple.

Esto lo decidió la Sala Constitucional en Sentencia 0324 de agosto de 2019, y ratificada por la misma Sala Constitucional del TSJ en la decisión No 0047 del 27 de febrero de   2020, en la cual se dio una potestad a   las universidades para aprobar Reglamentos Electorales Transitorios, siempre que se conservara la universalización y la sectorización de los votantes. Se dio la responsabilidad al CNU como máximo coordinador nacional universitario, la vigilancia del cumplimiento de esta sentencia.

LAS ACTUACIONES DEL GRUPO MIRADAS MULTIPLES

En vista de la pasividad de las  autoridades de la Universidad de Los Andes frente a las Disposiciones del TSJ para regularizar la situación electoral, el Grupo Miradas Múltiples  reinició las  conversaciones con los líderes gremiales, con la importante  participación del Presidente de la Seccional de Profesores Jubilados de la ULA,  para  acordar una alternativa política y jurídica que hiciera  posible la aplicación de la  decisión tribunalicia y los principios  y legalidad  de la   institución   universitaria, en especial  el respeto a su modelo autonómico, democrático y representativo de gobierno, todo para lograr  la pronta  legitimidad,  legalidad universitaria, rendición de cuentas pero en todo caso, conservando el fondo de la decisión de  TSJ en cuanto a la universalización, participación y sectorización  universitaria a la vez que  la autonomía institucional.

Las discusiones en el Grupo Miradas Múltiples condujeron a la elaboración de un Ante Proyecto de Reglamento Electoral Transitorio, que además fue para comentarios, remitido a la APUCV, Secretaría del Consejo Universitario de la UCV y Decanos, quienes admitieron esta alternativa que ellos mismos estaban conviniendo.

Al celebrarse las elecciones de manera concertada en la Universidad Central de Venezuela y elegir pacífica y participativamente a las autoridades y representantes ante los Consejos Universitario y de Facultades, algunos miembros del Grupo plantearon la posibilidad de que este ejemplo estimulara a los dirigentes de la ULA, sobre todo por la posibilidad del acuerdo político y jurídico consensuado en la UCV, posible de repetir en la ULA, lo que no ocurrió.

Por ello, el Grupo Miradas Múltiples, el 18 de octubre de 2022 se dirigió al Rector Presidente del Consejo Universitario, y como una colaboración, presentó   un modelo de Reglamento Electoral Transitorio, en base al derecho de todas las personas de dirigir peticiones ante cualquier autoridad.

El silencio administrativo fue la respuesta, por lo que el 14 de marzo de 2023, se remitió una solicitud de reconsideración, a fin de tomar en el caso de una nueva respuesta de silencio administrativo, gestiones ante organismos competentes.

El 06 de marzo de 2023, el Rector había nombrado una Comisión para estudiar la factibilidad de este Reglamento Electoral Transitorio para realizar las elecciones ajustadas a la decisión del TSJ y la Ley de Universidades

En otra Resolución Rectoral, se designó la Comisión Electoral. Esto indujo al Rector, en respuesta a nuestra reconsideración, que se trataba de una solicitud inoficiosa por las designaciones de las anteriores Comisiones.

Finalmente, el Consejo Universitario aprobó el Reglamento Electoral Transitorio de la Universidad de Los Andes. 

Luego de esta aprobación, el Grupo Miradas Múltiples respetuosamente, se dirigió a la Comisión Electoral para solicitar la pronta convocatoria a las elecciones universitarias de autoridades y representantes profesorales de la ULA, debido a la persistencia de declaraciones públicas de miembros de esa Comisión sobre las dificultades técnicas y económicas para convocar tal evento, del cual ahora esa Comisión tenía autónomamente la responsabilidad.  

El proceso electoral fue convocado y cumplidos sus primeros actos: La Convocatoria formal, la elaboración del listado de electores por sectores, la convocatoria y condiciones para inscribir candidaturas para Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo, Decanos, Representantes Profesorales ante los Consejos Universitarios y de Facultades, fase que se cumplió, y se debía pasar a la fase de impugnaciones, y a las votaciones convocadas para el 30 de abril de 2023.

 En este estadio del proceso, se publicó una decisión precautelar de la Sala Electoral del TSJ, a petición del profesor jubilado de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas José Eladio Quintero Marquina, suspendiendo las elecciones en la ULA por no haber sido incorporados en el Registro de Electores a los profesores Jubilados, en particular para las elecciones decanales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.

Aun  cuando la decisión tribunalicia  no había  sido publicada ni comunicada  oficialmente por el TSJ, la Comisión Electoral acató de inmediato la suspensión de este proceso, sin saberse con precisión de si esto llevará a la discusión y aprobación  de un nuevo Reglamento Electoral Transitorio y el posterior  inicio del proceso Electoral, o la corrección del artículo respectivo y la continuación del proceso en la etapa en que estaba, impugnación de candidaturas y votaciones en 30 de abril entrante. Recientemente se comunicó finamente la decisión tribunalicia a la Comisión Electoral de la ULA.

MIRADAS MULTIPLES manifiesta su preocupación por este alargamiento de la ilegitimidad, posible ilegalidad y opacidad de la gobernanza universitaria, su incertidumbre y desorientación. Analizamos otras alternativas para buscar solución a esta parálisis electoral. 

 Además de esta Carta Pública informativa sobre los hechos ocurridos, pensamos en la alternativa de recurrir ante el Tribunal Supremo de Justicia en búsqueda de una pronta decisión, amparada en una justicia libre de formalismos inútiles, según los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Igualmente, creemos que la comunidad universitaria y andina en general deberían promover distintas acciones para la pronta realización de las elecciones universitarias para rescatar su legalidad y legitimidad seriamente comprometida, y que conducen a una decadencia humana e intelectual. 

Mérida, 1 de mayo de 2024

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