LA GRANDEZA DE "BOMBITA" NO FUE QUE LLEGARA A SER PRIMERA FIGURA DEL TOREO, FUE TODO LO QUE HIZO COMO DIRIGENTE GREMIAL POR EL BIEN SOCIAL DE SUS COMPAÑEROS, LOS TOREROS |
EL VITO
Cuando una nación irrespeta y corrompe sus instituciones, su
sociedad está enferma.
Si una sociedad, como la nuestra, son
sus conductores los que dan el mal ejemplo, violando la Constitución y
las
Leyes, Estatutos, Reglamentos y Ordenanzas, diagnosticamos que la
enfermedad
social tiene a la nación al borde de la terapia intensiva ... y por ahí
van los tiros, en lo que acaba de suceder en la Asamblea y Elección de
Autoridades en la Asociación Venezolana de Matadores de Toros y de
Novillos.
Ha sido proceso electoral fuera del contexto de sus
estatutos, ya que la reunión no se convocó como se exige en sus reglamentos,
convocatoria que debe hacerse a través de un medio de circulación nacional.
Este detalle viste de ilegalidad todo lo ocurrido en la
reunión del domingo en Maracay. La violación de los estatutos de la AVTM es
evidente, ya que de todos conocido
que su anterior Secretario General, Leonardo Valera, está fuera de juego.
Leonardo lleva en el cargo más de cuatro años, nunca llamó a elecciones,
tampoco convocó a una Asamblea, como lo ordenan los Artículos 32 y 33 del
Reglamento Vigente.
Varela fue destituido en la Asamblea convocada por socios
de la AVMTN, siguiendo al pie de la letra los estatutos.
La letra escrita exige que " las elecciones para los
cargos de la Junta Directiva, se celebraran cada dos años dentro de los
primeros días del mes en el que ha sido convocada la consulta electoral."
Eso en el Artículo 32, en el 33 se señala que "las elecciones para los
cargos de la Junta Directiva, serán mediante el voto directo y secreto, consignado por los socios en primera
convocatoria , siempre y cuando en ella concurriera el 70% de los inscritos. En
el caso de que no hubiese esa proporción en primera convocatoria, se procederá
a realizar la elección, sea cual fuere el numero de asistentes".
Todo se ha violado, todo se fragua entre terribles nubes negras de lo ilegal, por ello son ilegales sus resultados. El
hecho que ahora surjan de las tinieblas donde estuvieron durante cinco años.
Ahora, burlando el Artículo 29 que en su letra exige que "La Junta Directiva
deberá conformarse de la siguiente manera: Un Secretario General, Un secretario
del interior y exterior. Un secretario de reclamos, Un secretario de actas,
correspondencia y finanzas y Un vocal." Lo que no es. ¿Verdad? El Artículo
30 ordena que en los cargos de Junta Directiva deben ser ocupados por dos (2)
Matadores de Toros, dos (2) Matadores de Novillos y un (1) Aspirante. Es decir
que en ninguna parte se indica que "La máxima autoridad es ahora una Junta
Directiva", como se informa en el comunicado enviado a los medios para
informar superficialmente del resultado de la consulta.
El comunicado,
dice:
"La máxima autoridad es ahora una Junta Directiva
conformada por: Secretario de Relaciones Interiores y Exteriores: Leonardo
Benítez; Secretario de Actas y Correspondencia: Juan José Girón; Primer Vocal:
Eduardo Valenzuela; Segundo Vocal: Ramón Álvarez "El Porteño";
Portavoz de la Junta Directiva: Leonardo Varela y se crea un nuevo Tribunal
Disciplinario, presidido por
Manuel Medina "El Rubi"
Además de todo lo arriba mencionado, amable lector, sería
suficiente para que la Justicia Ordinaria declare fuera de la Ley la consulta
electoral realizada y que ha sido celebrada con bombos y platillos que el Portavoz de la Junta, Leonardo
Varela, tiene en su contra una Sentencia de un Tribunal de la República por el
uso indebido de los dineros de la Asociación de Toreros.
Insistimos que
Varela no cumplió como administrador de los dineros de los toreros, lo
que en la letra de los Reglamentos está muy claro, y que ordena "suscribir
conjuntamente con el tesorero los cheques y demás órdenes de pago", y algo
muy grave que encontramos en el Literal K, que dice que Leonardo Varela debía presentar al final del ejercicio
anual a la Asamblea de la AVMTN, una detallada y explícita memoria de su gestión.
¿Sabrán quienes se han alzado con la Asociación que, Leonardo Varela era
"solidariamente responsable con el Tesorero, de los pagos que se realicen
con cargos a los fondos en la Asociación Venezolana de Matadores de Toros y de
Novillos, y responsable también
con el Secretario de Actas y Correspondencia de todos los documentos por éste
emitido en representación del gremio."
Volviendo al acto "per se", en el Artículo 50 se
indica que "para que haya quorum en las Asambleas, se requerirá que se encuentren
presentes en la primera convocatoria el 70% de los socios de la Asociación. En
el caso que en la primera convocatoria no se logre el 70%, se procederá a
otra convocatoria dentro de los 5
días inmediatos constituyéndose el quorum con el número de asistentes.
Ya para terminar el menú de violaciones de la penosa
situación de los toreros y su Asociación, es importante que sepan nuestros
lectores que el Tribunal Disciplinario estará integrado por tres (3) miembros,
mayores de edad, venezolanos, de
reconocida honorabilidad y carentes de vínculos familiares, económicos o
profesionales con cualesquiera de los asociados. Nos preguntamos si un ciudadano,
que sea empresario taurino, puede formar parte de este Tribunal.
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